Poder Judicial señala que Glencore afectó derechos fundamentales de comunidad cusqueña

La minera Antapaccay, perteneciente al conglomerado Glencore, vulneró los derechos fundamentales de la comunidad campesina de Huisa, ubicada en la provincia de Espinar, región Cusco, según decidió la Sala Mixta Descentralizada de Canchis de la Corte Superior de Justicia de Cusco

La sentencia, que corresponde a un proceso de amparo iniciado en 2015, establece que los derechos reconocidos en la Constitución peruana y el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) fueron transgredidos.

Así, se señala que la minera, junto con el Ministerio de Energía y Minas, la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros y el Instituto Geológico Minero y Metalúrgico (INGEMMET), incurrieron en la vulneración de derechos relacionados con la consulta previa, el territorio, los recursos naturales y la autodeterminación de los pueblos indígenas. La resolución también ordena la realización de una consulta posterior al estudio de impacto ambiental (EIA) del proyecto minero, así como de las actividades actuales de explotación en el proyecto Antapaccay – Expansión Tintaya.

El fallo de la Sala Mixta de Canchis detalla que los derechos vulnerados incluyen el derecho a la consulta previa, libre e informada, el derecho al territorio y la propiedad comunal, el uso y disfrute de los recursos naturales esenciales para la subsistencia, la elección del modelo de desarrollo y el proyecto de vida colectivo, así como la autonomía y autodeterminación de los pueblos indígenas. Estos derechos están protegidos tanto por la legislación nacional como por tratados internacionales ratificados por el Perú, como el Convenio 169 de la OIT.

La sentencia también establece que la consulta previa debió realizarse antes de la aprobación del proyecto minero y de las actividades de explotación en el área. En este sentido, la Sala ordena que se lleve a cabo una “consulta ex-post” para evaluar el impacto ambiental y social del proyecto en curso, que incluye un tajo y un botadero ubicados en el distrito de Espinar.

Sin embargo, la Sala declaró fundada únicamente la parte de la demanda que reconocía la vulneración de derechos, pero desestimó otros requerimientos importantes.

Entre los pedidos rechazados se encuentran la nulidad de los actos administrativos que no fueron consultados, la exigencia de un proceso de consulta previa por parte del INGEMMET y el Ministerio de Energía y Minas, y la inaplicación de normas legales que permiten la notificación de concesiones mineras a través del Diario Oficial El Peruano.

El conflicto entre la comunidad de Huisa y la minera Antapaccay no es un caso aislado. En 2019, un fallo de la Corte Superior de Justicia del Cusco ordenó al Ministerio de Salud implementar un programa de atención médica y vigilancia epidemiológica para las comunidades afectadas por la actividad minera en Espinar, incluida Huisa. Este programa debía incluir monitoreo constante de la calidad del agua y asistencia sanitaria para identificar a personas expuestas a contaminación por metales pesados.

Además, entre 2022 y 2023, informes del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) vincularon directamente las operaciones de la minera Antapaccay con casos de contaminación ambiental en Espinar. Uno de estos informes, identificado como 438-2022-OEFA/DEAM-STECl, reveló concentraciones de material particulado (PM10) que superaban los estándares de calidad ambiental. Este polvo tóxico, según el OEFA, se originaría en las actividades mineras de Antapaccay, afectando el aire, el agua y la vegetación de la zona.

El proyecto Antapaccay – Expansión Tintaya, operado inicialmente por XSTRATA Tintaya S.A., comprende actividades de explotación minera en un tajo y un botadero ubicados en Espinar. Estas operaciones han sido objeto de controversia desde hace años debido a su impacto ambiental y social en las comunidades campesinas cercanas.

La comunidad de Huisa, junto con la Federación Unificada de Comunidades Campesinas de Espinar (FUCAE) y con el apoyo de organizaciones como el Instituto de Defensa Legal (IDL) y Derechos Humanos Sin Fronteras (DHSF), presentó la demanda de amparo en 2015. Este proceso buscaba proteger los derechos colectivos de la comunidad frente a las actividades mineras que, según los demandantes, se llevaron a cabo sin consulta previa y con graves consecuencias para su territorio y recursos naturales.